LOS DRONES ¿NUEVO ELEMENTO DE MOVILIDAD?

Alfonso Perona Gómez. Abogado

 

La proliferación en los últimos años de los Drones aplicados a la aviación civil están constituyendo un verdadero fenómeno, que puede cambiar muchos de los hábitos y costumbres de nuestra sociedad. Pero en primer lugar ¿Qué es un DRON?, su concepto lingüístico nos dice que es una aeronave no tripulada, la normativa jurídica nos amplia el concepto y nos indica que es una aeronave pilotada por control remoto. Las formas de estos aparatos y sus características técnicas son variadas, aspecto que ahora no vamos a desarrollar.

La importancia de estas aeronaves se destapa por sus usos militares al final de los años 90 e inicio de los años 2000, pero afortunadamente las aplicaciones de estos vehículos tripulados a distancia tienen más aplicaciones. El Dron es un aparato que nos traslada virtualmente a un territorio o lugar que está a distancia del piloto.

Los Drones puede incorporar una serie de cámaras que nos permiten ver situaciones que ocurren en la distancia, pueden llevar una ayuda de emergencia o bien actuar en una operación de búsqueda y salvamento. En definitiva los Drones están protagonizando una revolución en el sector de la aviación y en los servicios que desde protección civil se realizan a los ciudadanos.

Por lo tanto estamos cerca de una movilidad electrónica, como definía el catedrático de sociología Eduardo Bericat[1], en un artículo hace mas  de diez años, ya que no se traslada materia de un lugar a otro, pero existe una movilidad vinculada a nuestros sentidos y podemos ver lo que sucede a kilómetros de nuestra posición.

El uso de estos nuevos modos de movilidad, que se realizan a traves del espacio, están muy regulados y deben ser utilizados correctamente y según las normas de pilotaje de aeronaves y respeto a los principios de protección de datos de los ciudadanos. Por un lado tenemos la normativa que regula la actividad de los Drones para usos civiles en el Real Decreto 1036/2017 que define un ámbito de control remoto para aquellos aparatos de menos de 150 Kilogramos y también para los que realizan actividades de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios o guarda costas o similares.

Por lo tanto los Drones han llegado a nuestra actividad cotidiana, pero se debe saber pilotar y sobre todo conocer las limitaciones que estos aparatos tiene en su vuelo y uso, pero nadie puede negar que permiten avances en las áreas de salvamento y protección. La aplicación práctica de este nuevo modo de desplazamiento y actuación, puede realizarse desde la vigilancia y seguridad de un polígono industrial, cartografía, filmaciones de lugares concretos, aplicaciones en la agricultura y control de aspectos medio-ambientales, hasta la gestión de riesgos y emergencia.

Pero para ello es necesario formación y conocimiento de las aplicaciones de este elemento que no es un juguete sino una herramienta de gestión muy potente, pero con sus ventajas y riesgos. Ya se están desarrollando programas de formación[2], pero pocos con las garantías de unir autorización de uso con formación en la gestión de emergencias.

[1] Eduardo Bericat Alastuey. Catedratico de Sociologia Universidad de Sevilla. Centro de estudios Andaluces.Artículo «Sedentarismo nómada: el derecho a la movilidad y el derecho a la quietud». Informe de Valladolid 2005.

[2] http://www.uab.cat/web/estudiar/cursos-de-especializacion/oferta-de-cursos/cursos-de-especializacion-1345725659892.html