El pasado 11 de noviembre, de este año de COVID, se aprobaban por medio de dos Reales Decretos las modificaciones de tres Reglamentos de tráfico, en concreto el Reglamento de circulación, el de vehículos y el de conductores, con diferentes fechas de entrada en vigor, siendo lo más difundido de ellos la regulación de los vehículos de movilidad personal (VMP) y las nuevas velocidades en las ciudades entrara en vigor el 2 de enero de 2021.
Por parte del Ministerio de Interior también se comunicó el acuerdo del 10 de noviembre del Consejo de Ministros que afectan a los puntos del permiso de conducir, los cursos de sensibilización y reeducación vial para recuperar puntos perdidos del permiso de conducir y como gran novedad se reconoce en la Ley los cursos de conducción segura.
Ante la pregunta de cuándo entraran en vigor estas modificaciones, se debe indicar que la modificación de la Ley de tráfico, debe pasar por la aprobación del Congreso de los Diputados y de manera resumida, pero que sirva de orientación, este proyecto de ley antes de ser aprobado en Consejo de Ministros ha pasado el control del Consejo Superior de tráfico, la Oficina de coordinación de calidad, la Agencia de protección de datos y el Ministerio de Transporte, movilidad y agenda urbana, y ahora antes de llegar al Congreso de los Diputados deberá ser informado por los Ministerios de Hacienda, Asuntos económicos y transformación digital, Trabajo y economía social y Política territorial y función pública.
Por lo tanto, la respuesta a la pregunta solo puedo decir como don Quijote: “Cuan largo me lo fiais, amigo Sancho”.
Solo se puede adelantar la propuesta del anteproyecto de ley que indica que los nuevos cursos de conducción segura, son cursos voluntarios que se realizan en varios países europeos y que en el nuestro desde hace años realizan entidades como los automóviles club, con el objetivo de formar a los conductores en técnicas de conducción orientadas a evitar accidentes.
Estos cursos deberán tener una duración mínima de 6 horas y con formación teórica y práctica, por lo tanto, no se trata de hacer maniobras de riesgo, sino precisamente realizar prácticas que eviten las conductas de riesgos.
Los cursos de conducción segura no sirven para recuperar puntos, pero si tendrán un premio de dos puntos en el permiso, siempre que estemos con saldo positivo en nuestra cuenta y sin superar los 15 puntos, por fin se reconocerá y premiará la voluntad de muchos conductores y conductoras de mejorar su seguridad en la conducción.
Otras de las cuestiones que hasta la aprobación de la ley quedan pendientes es que se podrán recuperar 8 puntos, en lugar de los 6 actuales, en los cursos de sensibilización y reeducación o que el estar dos años sin cometer infracciones permite recuperar el crédito inicial de puntos, sin diferenciar el tipo de infracción cometida anteriormente.
Y por último que las infracciones por utilizar, sostener o sujetar con la mano los dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce pasan de 4 a 6 puntos y el no usar el cinturón de seguridad, casco o las sillas infantiles pasan de 3 a 4 puntos.
Modificaciones necesarias, pero que ya que es tan complejo modificar una ley se deberían haber sido más ambicioso y plantear un capítulo de la ley dedicado a incluir aspectos de seguridad vial en el entorno municipal, pero claro como se dice en nuestro país, las cosas de palacio van despacio y si llevábamos más de un año esperando la regulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), ya veremos cuando llegan las otras modificaciones.